martes, 2 de febrero de 2010

ENFERMEDADES DE TRABAJO



REPUBLICA DE COLOMBIA • MINISTERIO DE LA PROTECCiÓN SOCIAL
DECRETO NÚMERO 2 566 DE 2009
Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales
El PRESIDENTE DE lA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades constitucionales, en especial de las conferidas en el
numeral 11 de! artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo
previsto en el numeral 2 del artículo 201 del Código Sustantivo del Trabajo y,
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del articulo 200 del Código Sustantivo del Trabajo, define la
enfermedad profesional como todo estado patológico que sobrevenga como
consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del
medio en que se ha visto obligado a trabajar.
Que el numeral 2 del artículo 201 del Código Sustantivo del Trabajo, señala que la
tabla de enfermedades profesionales puede ser modificada o adicionada en
cualquier tiempo por el Gobierno.
Que la definición contenida en el literal m) del artículo 1 de la Decisión 584 de
2004 del Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad
Andina de Naciones - CAN, define la enfermedad profesional como la contraída
como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad
laboral.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTíCULO 1. TABLA DE ENFERMEDADES PROFESIONALES. Adoptase la
siguiente tabla de enfermedades profesionales para efectos del Sistema General de
Riesgos Profesionales:
DECRETO NÚM!fRO 2 5 6 6 DE 2009 HOJA No 2.
Continuación del decreto "Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales"
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1. Silicosis (Polvo de Sílice): Trabajos en minas, túneles, canteras, galerías, tallado
y pulido de rocas silíceas. Fabricación de carburo, vidrio, porcelana, loza y otros
productos cerámicos, fabricación y conservación de ladrillos a base de sílice.
Trabajos de des molde y desbarbado en las fundiciones. Fabricación y conservación
de abrasivos y de polvos detergentes. Trabajos con chorro de arena y esmeril.
2. Sílicoantracosis (Polvos de carbón y Sílice): Trabajadores de minas de carbón,
carboneros, fogoneros, manipuladores de negro de humo.
3. Asbestosis (Polvo de asbesto): Extracción, preparación, manipulación de
amianto o asbesto, o sustancias que lo contengan. Fabricación o reparación de
tejidos de amianto (trituración, cardado, hilado, tejido). Fabricación o manipulación de
guarniciones para frenos, material aislante de amianto y de productos de
fibrocemento.
4. Talcosis (Manipulación de polvos de talco): Trabajadores de minas de talco y
yeso, industria papelera, textil, de la goma, cerámica, objetos refractarios, aisladores
par bujías, industria farmacéutica.
5. Siderosis (Polvo de óxido de hierro): Pulidores, torneros de hierro y
trabajadores de minas.
6. Baritosis (Polvo de Oxido de bario): Trabajadores en minas de bario,
manipulación, empaque y transformación de compuestos del bario.
7. Estañosis (Polvo de Oxido de estaño): Trabajadores de minas de estaño y
manipulación de óxido de estaño y sus compuestos.
8. Calicosis (Polvo de calcio o polvo de caliza): Trabajadores en cemento o
mármol.
9. Bisinosis (Polvo de algodón): Trabajadores de la industria de algodón. ~,.,
10. Bagazosis (Bagazo de caña de azúcar): Trabajadores de la industria de la
caña de azúcar, papelera.
11. Enfermedad pulmonar por polvo de cáñamo: Trabajadores del cáñamo.
12. Tabacosis (Polvo de tabaco): Trabajadores de la industria del tabaco.
DECRETO NU,(M) ER0-r¡t:v';S· 6) DE 2009 HOJA No -ª
Continuación del decreto "Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales"
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13. Saturnismo (Polvo y sus compuestos): extracción, tratamiento preparación y
empleo del plomo, sus minerales, aleaciones, combinaciones y todos los productos
que lo contengan.
14. Hidragirismo (Mercurio y sus amalgamas): Extracción, tratamiento,
preparación, empleo y manipulación del mercurio, de sus amalgamas, sus
combinaciones y de todo producto que lo contenga.
15. Enfermedades causadas por el cadmio y sus compuestos: Tratamiento,
manipulación y empleo de cadmio y sus compuestos.
16. Manganismo (Manganeso y sus compuestos): Extracción preparación,
transporte y empleo del manganeso y sus compuestos.
17. Cromismo (Cromo y sus compuestos): Preparación, empleo y manipulación
del ácido crómico, cromatos y bicromatos.
18. Beriliosis (Berilio y sus compuestos): Manipulación y empleo del berilio o sus
compuestos.
19. Enfermedades producidas por el Vanadio y sus compuestos: Obtención y
empleo del vanadio y sus compuestos o productos que lo contengan.
20. Arsenismo (Arsénico y sus compuestos): Preparación, empleo y
manipulación del arsénico.
21. Fosforismo (Fósforo y sus compuestos): Preparación, empleo y manipulación
del fósforo y sus compuestos.
22. Fluorosis (Flúor y sus compuestos): Extracción de minerales fluorados,
fabricación del ácido fluorhidrico, manipulación y empleo de él o sus derivados.
23. Clorismo (Cloro y sus compuestos): Preparación del cloro, purificación de
agua, desinfección.
24. Enfermedades producidas por Radiaciones lonizantes: en operaciones
como:
Extracción y tratamiento de minerales radioactivos; fabricación de aparatos médicos
para radioterapia; empleo de sustancias radioactivas y Rayos X en laboratorios;
fabricación de productos químicos y farmacéuticos radiactivos; fabricación y
aplicación de productos luminiscentes con sustancias radiactivas; trabajos en las
industrias y los comercios que utilicen Rayos X sustancias radiactivas; y trabajos en
las consultas de radiodiagnóstico, de radioterapia en clínicas, hospitales y demás
DECRETO NÚM~o2 5 6 () DE 2009 HOJA No ..1
Continuación del decreto "Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales"
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instituciones prestadoras de servicios de salud y en otros trabajos con exposición a
radiaciones ionizantes con alta, mediana, baja y ultrabaja densidad.
25. Enfermedades producidas por Radiaciones infrarrojas (catarata): en
operaciones tales como:
Sopladores de vidrio y en trabajadores de hornos y demás ocupaciones con
exposición a este tipo de radiación.
26. Enfermedades producidas por Radiaciones ultravioleta (conjutivitis y
lesiones de córnea):
En trabajos que impliquen:
Exposición solar excesiva, arcos de soldar, sopletes de plasma, Rayos LASER O
MASER, trabajos de impresión, procesos de secado y tratamiento de alimentos y
demás trabajos con exposición a este tipo de radiación.
27. Enfermedades producidas por iluminación insuficiente: Fatiga ocular,
nistagmus.
28. Enfermedades producidas por otros tipos de radiaciones no ionizantes.
29. Sordera profesional: Trabajadores industriales expuestos a ruido igual o
superior a 85 decibeles.
30. Enfermedades por vibración: Trabajos con herramientas portátiles y máquinas
fijas para machacar, perforar, remachar, aplanar, martillar, apuntar, prensar, o por
exposición a cuerpo entero.
31. Calambre ocupacional de mano o de antebrazo: Trabajos con movimientos
repetitivos de los dedos, las manos o los antebrazos.
32. Enfermedades por bajas temperaturas: Trabajadores en neveras, frigoríficos,
cuartos fríos y otros con temperaturas inferiores a las mínimas tolerables.
33. Enfermedades por temperaturas altas, superiores a las máximas toleradas,
tales como Calambres por calor, Choque por calor, Hiperpirexia, Insolacíón o
Sincope por calor.
34. Catarata profesional: Fabricación, preparación y acabamiento de vidrio
fundición de metales.
DECRETO NÚME~O 2566 DE 2009 HOJA No 2
Continuación del decreto "Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales"
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35. Síndromes por alteraciones barométricas: Trabajadores sometidos a
presiones barométricas extremas superior o inferior a la normal o cambios bruscos
de la misma.
36. Nistagmus de los mineros: Trabajos en minas y túneles.
37. Otras lesiones osteo-musculares y ligamentosas:
Trabajos que requieran sobre esfuerzo físico, movimientos repetitivos y/o posiciones
viciosas.
38. Enfermedades infecciosas y parasitarias en trabajos con exposición a
riesgos biológicos:
Tales como: Trabajos en el campo de la salud; laboratorios; veterinarios;
manipuladores de alimentos, de animales, cadáveres o residuos infecciosos; trabajos
agricolas y otros trabajos que impliquen un riesgo de contaminación biológica.
39. Enfermedades causadas por sustancias químicas y sus derivados:
Efectos locales y sistémicos, agudos, subagudos y crónicos que afecten el
funcionamiento normal del organismo humano.
40. Asma ocupacional y neumonitis inmunológica.
41. Cáncer de origen ocupacional.
42. Patologías causadas por estrés en el trabajo:
Trabajos con sobrecarga cuantitativa, demasiado trabajo en relación con el tiempo
para ejecutarlo, trabajo repetitivo combinado con sobrecarga de trabajo. Trabajos
con técnicas de producción en masa, repetitivo o monótono o combinados con ritmo
o control impuesto por la máquina. Trabajos por turnos, nocturno y trabajos con
estresantes fisicos con efectos psicosociales, que produzcan estados de ansiedad y
depresión, Infarto del miocardio y otras urgencias cardiovasculares, Hipertensión
arterial, Enfermedad acidopéptica severa o Colon irritable.

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